Importante cambio para jubilados y pensionados: la eliminación de la Fe de Vida trae modificaciones significativas

La ANSES ya no exige el cumplimiento del requisito de "Supervivencia". La novedad se anunció hoy a través del Boletín Oficial

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  • Se eliminó el trámite de la Fe de Vida para los jubilados y pensionados, lo que simplificará el cobro de sus beneficios.
  • Esta medida brinda igualdad de derechos a todos los adultos mayores sin importar a qué entidad bancaria pertenezcan.
  • Los bancos deberán cumplir con esta nueva ley a partir de agosto, evitando pagos indebidos.

El día lunes 17 de julio se ha publicado en el Boletín Oficial la eliminación del trámite de la Fe de Vida, lo cual plantea interrogantes para los adultos mayores. ¿Qué implicará este cambio a partir de agosto? ¿Será necesario realizar nuevos trámites para cobrar sus haberes?

Es importante recordar que la iniciativa de eliminar el trámite de la Fe de Vida ya fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 6 de julio. De esta manera, a partir de agosto, no será necesario realizar el trámite adicional que certificaba la supervivencia de los beneficiarios de jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas para continuar recibiendo sus pagos mensuales de forma ininterrumpida.

Hoy, finalmente, se ha oficializado esta decisión a través del Decreto 365/2023, que ha sido firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y la ministra de Trabajo Raquel Olmos. Esta medida supone un importante alivio para los adultos mayores.

La abogada Tamara Bezares explicó a Perfil que esta medida no solo simplifica el cobro de los haberes, sino que también equipara la política de todas las entidades bancarias, tanto públicas como privadas. Hasta ahora, solo el 60% de los bancos no exigía la fe de vida. Este cambio ha recibido un amplio respaldo en el Congreso debido a que incluye y protege a los sectores más vulnerables de jubilados y pensionados.

Por su parte, el abogado Ariel Samana recordó que el problema con la Fe de Vida generalmente afectaba a las personas mayores que tenían alguna dificultad. «La razón de la Fe de Vida era evitar que los apoderados continuaran cobrando haberes varios meses después del fallecimiento de los titulares», indicó. Sin embargo, con la sistematización de la información entre las diferentes áreas gubernamentales, este trámite se vuelve innecesario. «Dos días después de que una persona fallece, se bloquean sus cuentas con la información proporcionada por las cocherías al sistema», afirmó.

¿Qué deben hacer los jubilados y pensionados después de la eliminación de la Fe de Vida?

Anteriormente, los jubilados y pensionados debían certificar periódicamente su supervivencia para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pudiera realizar los pagos correspondientes. Con la promulgación de esta ley, se les simplificará el cobro de sus beneficios previsionales y haberes a más de 3,2 millones de jubilados y pensionados.

Esta nueva legislación representa un cambio importante en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y el Sistema de Pensiones no Contributivas.

Según Tamara Bezares, esto implica que a partir de agosto «todos los adultos mayores tendrán los mismos derechos sin importar el banco al que pertenezcan».

También recordó que «aún faltan coordinar las diferentes medidas entre ANSES y los bancos, definir detalles, pero desde hoy no se requerirá ningún trámite adicional a los jubilados, ya que así lo establece la norma publicada en el Boletín Oficial.»

Por su parte, Samana aseguró que «a partir de agosto no será necesario realizar el trámite de fe de vida, que en muchos casos se realizaba con una compra mensual con tarjeta a nombre del titular del beneficio».

¿Qué era el trámite de Fe de Vida?

No es ANSES quien solicita el trámite de fe de vida, sino los bancos: cada entidad tiene requisitos, siendo el más común el uso de la tarjeta de débito con una compra mensual.

En este sentido, el banco donde se cobra la jubilación o pensión ofrecía diferentes métodos digitales para realizar el trámite de fe de vida, brindando así la posibilidad de elegir cómo realizarlo.

A partir de agosto, todos los bancos deberán cumplir con esta ley que elimina dicho trámite.

¿En qué consiste la Ley de Eliminación de la Fe de Vida?

La ley consta de cuatro puntos clave que se aplicarán desde su promulgación en el día de hoy:

1. Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones de ANSES quedan exentos de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida.

  1. Se anula cualquier otro trámite adicional con el mismo propósito, suspendiendo la necesidad de demostrar que siguen con vida como requisito para recibir sus pagos de jubilación y prestaciones previsionales.
  2. Los bancos encargados de realizar los pagos de jubilaciones y pensiones estarán obligados a considerar como impagos los fondos depositados después de la fecha de fallecimiento del titular del beneficio, evitando así pagos indebidos.
  3. Se otorga facultad a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para establecer normas aclaratorias y complementarias a esta ley.