Obligados a presentar Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales: ¿quiénes deben hacerlo?

Nuevas fechas para presentar impuestos: ¿quién debe presentar DDJJ informativas o determinativas? Un análisis luego del anuncio de postergación por parte de AFIP

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  • La AFIP pospuso por 10 días los vencimientos de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al ejercicio 2022.
  • La declaración jurada de carácter informativa es necesaria para contribuyentes que obtuvieron ingresos/rentas iguales o superiores a $ 6.600.000 y no arroja saldo a pagar.
  • La declaración jurada de carácter determinativa es obligatoria para todos los inscriptos en el impuesto y establece el monto a favor de la AFIP.

Vale la pena recordar que a raíz del pedido de los consejos profesionales de ciencias económicas, finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido postergar la presentación y el pago de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales e Impuesto Cedular correspondientes al ejercicio 2022, aplazando los vencimientos por diez días.

Por otro lado, es común preguntarse quiénes deben realizar las declaraciones juradas informativas, las cuales son diferentes a las juradas determinativas y tienen fechas diferentes de presentación. Según la contadora pública Marisol Santos, ella explicó a PERFIL las diferencias entre ambas y dio algunas aclaraciones prácticas para cualquier contribuyente.

«La declaración jurada informativa se trata de la presentación de un conjunto de datos que la AFIP solicita sobre el patrimonio del contribuyente, los cuales no deberían reflejar un saldo a pagar», explicó y añadió que «si un individuo solo está obligado a presentar una declaración jurada informativa, no se requerirá que se inscriba en el impuesto correspondiente».

AFIP

¿Cuáles son los requisitos para presentar la Declaración Jurada informativa?

De acuerdo con la información brindada por Santos, deberá presentar la declaración jurada el contribuyente que durante el periodo fiscal que comprende de enero a diciembre, los ingresos/rentas obtenidos alcanzan o superan $6.600.000 por las siguientes actividades:

  • Desempeño de cargos públicos a nivel nacional, provincial, municipal, y de CABA. Esto incluye a los cargos electos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos, magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación.
  • Trabajo bajo relación de dependencia.
  • Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier índole siempre y cuando tengan su origen en el trabajo personal, y estén sujetos al pago del impuesto correspondiente.
  • Servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas de trabajo que trabajen en la explotación personalmente, incluido el retorno percibido por ellos.
  • Planes de seguros de retiro privados administrados por entidades controladas por la Superintendencia de Seguros de la Nación que se reciban bajo la modalidad de renta vitalicia previsional.
  • Actores que obtengan sus ingresos mediante la Asociación Argentina de Actores.
  • Artículos que estén exentos, no alcanzados o no computables en el impuesto a las ganancias.

La contadora pública mencionó que la DDJJ informativa debe incluir la lista de los bienes que conforman el patrimonio de la persona al 31 de diciembre de cada año y especificar los conceptos requeridos para cada caso.

¿Cuál es el plazo para presentar la DDJJ informativa?

Es importante resaltar que la DDJJ informativa se puede presentar hasta el 30 de junio de 2023. Además, es importante tener en cuenta que el plazo de presentación es diferente al de las declaraciones juradas determinativas.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada determinativa?

La presentación de la declaración jurada determinativa es obligatoria para aquellos contribuyentes que necesiten determinar el saldo a pagar, incluso si no tienen obligación de abonar el impuesto correspondiente. Este proceso debe llevarse a cabo ante el organismo, en este caso AFIP, para el período fiscal establecido, según confirmó la contadora María Santos. 

Asimismo, Santos explicó que, a partir de este proceso, se desprenden los anticipos de Ganancias, que son importes a cuenta de determinados tributos que el ciudadano está obligado a pagar. Estos anticipos son exigibles hasta la fecha de presentación de la respectiva declaración jurada y se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de su vencimiento. Además, mencionó que los anticipos son cinco y que se deben realizar los pagos correspondientes cuando el monto determinado en la declaración jurada sea igual o superior a la suma de $5000 a favor del fisco.

Cuándo se debe pagar Ganancias y Bienes Personales

Las personas humanas y sucesiones indivisas deben cumplir con las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2022, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, según lo informado por la AFIP

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: DJ se presenta el jueves 22 de junio y el pago el viernes 23 de junio.
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: DJ se presenta el viernes 23 de junio y el pago es el lunes 26 de junio.
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: DJ se presenta el lunes 26 de junio y el pago es el miércoles 28 de junio.

La presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto Cedular se realiza a través del servicio con clave fiscal «Ganancias Personas Humanas–Portal integrado». Asimismo, la presentación de Bienes Personales se realiza mediante el servicio web con clave fiscal «Bienes Personales Web».

En conclusión, es importante tener en cuenta que quienes posean bienes sujetos a gravamen que superen los $11.282.141,08 millones al 31 de diciembre de 2022 deben presentar y pagar el impuesto a los Bienes Personales.