¿Cómo pagar intereses Punitorios en AFIP?

Compartir en WhatsApp
Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
Compartir en LinkedIn
Compartir en Telegram
Copiar enlace

Argentina cuenta con una amplia variedad de tributos (más de 160 entre impuestos a nivel nacional, provincial y municipal), lo cual lleva a muchas personas a acumular deudas y refinanciarlas. No obstante, es importante tener en cuenta que la AFIP solo se encarga de recaudar los impuestos nacionales, por lo tanto, el cálculo de intereses de la AFIP solo debe hacerse en relación a estos impuestos.

¿Cómo se calculan los intereses en la AFIP?

Existen dos formas sencillas de calcular los intereses que la AFIP nos cobrará: por un lado, está el «método manual» y, por otro lado, el «método automático«.

En el caso del «método manual«, tomamos el monto adeudado y lo multiplicamos por la tasa correspondiente, dependiendo si el interés que queremos calcular es resarcitorio o punitorio.

Es importante recordar que la tasa efectiva mensual equivale a 1,2 veces la tasa nominal anual de canal electrónico para los depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco Nación, vigente al día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre.

La AFIP publica cada trimestre una tasa flotante con un límite anual. En el caso de los intereses punitorios, el monto aumenta considerablemente (1,5 veces), por lo tanto, no resulta conveniente llegar a una instancia judicial.

Actualmente, la tasa de interés diaria para los intereses resarcitorios es del 5,91% mensual. Para los punitorios, la tasa asciende al 7,37% mensual.

La otra opción es acceder directamente al sitio web oficial de la AFIP. A través de este trámite, es posible realizar el cálculo de los intereses resarcitorios y punitorios para obligaciones impositivas y de seguridad social, desde marzo de 1993 hasta la actualidad. Los requisitos son bastante simples:

  • Fecha de vencimiento de la obligación a cumplir.
  • Fecha de pago del capital, en caso de corresponder.
  • Importe del capital.
  • Fecha de pago de los intereses, en caso de corresponder.
  • Fecha de inicio de la demanda para el cálculo de los intereses punitorios.
  • Importe de la demanda para el cálculo de los intereses punitorios.

Es importante tener en cuenta que es necesario realizar el cálculo individual para cada impuesto, concepto, subconcepto, período y cuota, y confeccionar un formulario para cada uno. El tiempo aproximado para realizar el trámite oscila entre 5 y 10 minutos, y su costo es gratuito.

¿Cuándo se deben pagar los intereses moratorios de la AFIP?

Podemos definir los intereses moratorios como aquellos que se generan a partir del momento en que el organismo fiscal presenta una demanda judicial para asegurar el cumplimiento efectivo de los créditos y multas que se encuentran pendientes de pago.

En este caso, el organismo fiscal se ve obligado a recurrir a la vía judicial para cobrar la deuda cuando no se ha mostrado colaboración ni disposición para cumplir con las obligaciones tributarias de otra manera.

Estos intereses deben ser pagados cuando somos notificados, y se acumulan día a día, por lo que es de suma importancia pagar la deuda y los intereses lo antes posible.

¿Qué son los intereses compensatorios?

Los intereses compensatorios son los que el fisco aplica en caso de una «deuda simple«. Es decir, son los intereses que el contribuyente debe afrontar por el pago fuera de plazo sin que el fisco tenga que recurrir a una instancia judicial.

Estos intereses compensatorios son mucho más bajos en comparación con los intereses moratorios. Esto se debe a varios motivos: por un lado, el pago fuera de plazo no es considerado tan grave, por lo que si regularizamos la situación, lógicamente, los intereses serán menores a los que se aplicarían si el fisco tuviera que trabajar activamente para cobrar la deuda.

Por otro lado, al recurrir a una instancia judicial, el fisco incurre en una serie de costos, como el pago de un abogado, y esos gastos se trasladan a los intereses que nos cobrarán.

¿Cómo se pagan los intereses compensatorios de la AFIP?

Los intereses compensatorios deben ser abonados utilizando los medios de pago admitidos, según corresponda:

En el caso de los intereses compensatorios sobre el saldo de la declaración jurada del Impuesto a las ganancias en personas humanas e impuesto sobre los bienes personales (saldo de declaración jurada), se debe abonar a través de un VEP.

En el caso de los intereses compensatorios sobre el saldo de anticipos se pueden abonar utilizando los siguientes medios:

  • VEP
  • Debitando la cuenta a través de cajeros automáticos.
  • Debito directo en cuenta bancaria.
  • Pago electrónico mediante la utilización de Tarjetas de Crédito y/o Débito.
  • Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el BCRA e implementado por AFIP.

En todos los casos se deben utilizar los siguientes códigos:

  • Impuesto: el código correspondiente al impuesto.
  • Concepto: 019 – Declaración Jurada
  • Subconcepto: 051 – Intereses compensatorios

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan los intereses en AFIP y cuáles son las dos formas principales?

Los intereses se pueden calcular de forma manual o automática. En el «método manual», se multiplica el monto adeudado por la tasa correspondiente. En el «método automático», se puede utilizar el sitio web oficial de AFIP.

¿Cuál es la tasa de interés diaria actual para intereses compensatorios y punitorios?

La tasa actual para intereses compensatorios es del 5,91% mensual, mientras que para los punitorios es del 7,37% mensual.

¿Cómo se calculan los intereses moratorios y cuándo deben ser pagados?

Los intereses moratorios son generados como resultado de una demanda judicial presentada por la AFIP. Deben ser pagados una vez que se reciba la notificación y se acumulan a medida que pasa el tiempo.

¿Qué son los intereses compensatorios y por qué su tasa es menor que la de los moratorios?

Los intereses compensatorios se aplican a deudas simples. Su tasa es menor porque no incluyen costos judiciales y reflejan un retraso en el pago en lugar de una falta grave.

¿Cómo se pagan los intereses compensatorios a la AFIP y qué métodos se pueden utilizar?

Los intereses compensatorios se pueden pagar a través de VEP o utilizando varios métodos electrónicos, como débito en cuenta, tarjetas de crédito/débito, entre otros.

¿Qué información se requiere para calcular los intereses en el sitio web de la AFIP?

Se necesita la fecha de vencimiento de la obligación, la fecha de pago del capital, el monto del capital, la fecha de pago de los intereses, la fecha de inicio de la demanda (para intereses moratorios) y el monto de la demanda (para intereses moratorios).

¿Cuánto tiempo se tarda en realizar el trámite de cálculo de intereses en el sitio web de la AFIP y cuál es su costo?

El trámite suele llevar entre 5 y 10 minutos y es gratuito.

¿Por qué es importante evitar llegar a procedimientos legales en el caso de intereses punitivos?

Los intereses punitivos aumentan significativamente (1.5 veces). Evitar procedimientos legales ayuda a prevenir cargos financieros adicionales.

¿Por qué se menciona que los intereses compensatorios son menos graves en comparación con los punitivos?

Los intereses compensatorios surgen de pagos atrasados sin la intervención de procesos legales, lo que reduce sus costos y, por lo tanto, sus tasas.